Muchas personas que reúnen los requisitos para el Estatus de Protección Temporal (TPS) también pueden temer regresar a sus países de origen por razones que podrían dar lugar a una solicitud de asilo. A continuación, se presentan algunos aspectos a considerar si está decidiendo si solicitar asilo, TPS o ambos.
Asilo Es una protección legal para quienes han sido perseguidos en el pasado o temen sufrir daños en el futuro en sus países de origen. Para obtener asilo, generalmente se debe demostrar que la persona o personas que cometen el daño tienen como objetivo específico al solicitante de asilo. El daño debe debe tener una razón reconocida por la ley: raza, religión, nacionalidad, opinión política o por una característica que una persona no puede cambiar o no debería tener que cambiar, como el género o la orientación sexual. A las personas que obtienen asilo generalmente se les permite permanecer en Estados Unidos de forma permanente.
Estatus de Protección Temporal (TPS) es una forma amplia de ayuda para personas de países que Estados Unidos determina que han sufrido desastres naturales o conflictos armados. Para calificar, un solicitante debe demostrar que se encontraba en Estados Unidos en el momento designado y que cumple con otros requisitos. Los solicitantes de TPS no tienen que demostrar que sufrirán daños directos o que corren un mayor riesgo en comparación con otras personas en sus países de origen. El TPS es una protección temporal y no conduce directamente a la residencia permanente en Estados Unidos. La lista actual de países y períodos de tiempo para la elegibilidad del TPS está disponible en el Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos sitio web.
Cosas a considerar
Tengo TPS y tengo miedo de regresar a mi país. ¿Debería considerar solicitar asilo?
Dado que el TPS es solo temporal, si tiene miedo de regresar a su país de origen relacionado con una o más de las razones mencionadas anteriormente, podría considerar solicitar asilo. Recuerde que tener un miedo generalizado a la inestabilidad, la pobreza o la violencia que no esté dirigido a usted podría no calificar para el asilo.
No estoy seguro de si estoy en proceso de deportación. ¿Hay alguna manera de comprobarlo?
Si fue detenido por funcionarios de inmigración en Estados Unidos o si ya solicitó beneficios migratorios, es posible que haya recibido documentación que incluye un número de 9 dígitos llamado "Número A". Si se le asignó un número A, puede consultar si está en proceso de deportación y si tiene una cita judicial próxima en este sitio web: https://acis.eoir.justice.gov/en/. También puede llamar al 1-800-898-7180. Si su número no está en el sistema, lo más probable es que no esté en proceso de deportación, pero podría estarlo en el futuro. Debe revisarlo regularmente para asegurarse de no perderse ninguna audiencia.
Tengo TPS y no estoy en proceso de deportación. ¿Debería solicitar asilo?
Si no está en proceso de deportación y solicita asilo, el gobierno podría solicitar su deportación si no se aprueba su solicitud. Su caso podría ser remitido a un tribunal de inmigración para una revisión adicional de su solicitud de asilo. Aunque no es común, es posible que un juez de inmigración dicte una orden de deportación contra alguien que tenga TPS. Si no está en proceso de deportación y solo solicita TPS, la probabilidad de que lo coloquen en proceso de deportación cuando finalice el TPS puede ser menor. Es importante hablar con un abogado sobre la solidez de su solicitud de asilo antes de presentarla para que pueda tomar una decisión informada sobre si debe correr este riesgo.
Tengo TPS y estoy en proceso de deportación. ¿Debería también solicitar asilo?
Si tiene TPS y está en proceso de deportación, puede pedirle al juez que continúe o cierre administrativamente (o "pause") su caso mientras tenga TPS. O bien, puede preferir proceder con su solicitud de asilo para presentar hechos y pruebas mientras estén frescos. Recuerde, para obtener asilo, debe demostrar que el daño que teme se debe a una razón protegida. Si teme sufrir daños debido a una razón protegida, y no solo por problemas generales en su país, puede que desee solicitar asilo en proceso de deportación. El tribunal puede pausar su caso si está solicitando asilo pero parece ser elegible para TPS, pero puede solicitar al tribunal que proceda con su caso de asilo si lo desea. Si su caso de asilo es denegado mientras aún tiene TPS, aún puede solicitar al tribunal que pause su caso, pero es posible que la denegación del asilo cause problemas en su caso cuando finalice el TPS.
Si ya he solicitado asilo y ahora quiero solicitar TPS, ¿puedo hacerlo?
Si tiene una solicitud de asilo pendiente y también califica para el TPS, puede solicitarlo. Si su caso de asilo está en un tribunal de inmigración, podría solicitarle al juez que lo amplíe o lo cierre administrativamente mientras tenga el TPS. Si decide solicitar asilo solo por ahora, aún podría solicitar el TPS en el futuro, siempre y cuando cumpla con los demás requisitos del TPS.
Si solicito TPS ahora pero en el futuro podría querer solicitar asilo, ¿podré hacerlo?
Generalmente, es necesario solicitar asilo dentro del año posterior a su llegada a Estados Unidos. Sin embargo, las personas que cuentan con otras protecciones, como el TPS, pueden calificar para una excepción a la regla de un año de solicitud si solicitan asilo con prontitud después de que finalice su estatus. Quienes optan por solicitar el TPS ahora y desean considerar solicitar asilo en el futuro podrían solicitarlo cuando finalice, pero deben prepararse con anticipación para esa posibilidad. Recuerde que las condiciones y la evidencia del país pueden cambiar con el tiempo, por lo que esperar para solicitar asilo puede ser arriesgado.
¿Qué pasa si quiero solicitar asilo pero no encuentro un abogado que me ayude?
Algunos abogados que pueden ayudarle con las solicitudes de TPS podrían no poder ayudarle con asuntos de asilo. Los casos de asilo toman mucho más tiempo que las solicitudes de TPS y requieren muchos más recursos. Si su abogado de TPS no puede ayudarle con su caso de asilo, pero aun así desea solicitarlo, puede buscar otro abogado que le ayude con esa parte del caso. Es muy importante que informe a cualquier abogado con el que trabaje sobre todas las solicitudes que ha presentado o planea presentar. Si no puede encontrar un abogado que le ayude con su caso de asilo, puede solicitar asilo sin un abogado. Si se encuentra en un proceso de deportación ante el Tribunal de Inmigración de Chicago y desea ayuda para solicitar asilo por su cuenta, puede llamar a la Línea de Ayuda del Tribunal de Inmigración del NIJC al 312-660-1328.
Este documento fue elaborado por el Centro Nacional de Justicia para Inmigrantes (NIJC). Su objetivo es brindar orientación general sobre asilo y TPS, pero no constituye una guía completa sobre ninguno de los dos tipos de ayuda y no debe considerarse asesoramiento legal ni utilizarse para determinar la elegibilidad para TPS o asilo.
