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Keep families together, prevent a neighbor's deportation, and protect people seeking safety.

Esta descripción general proporciona instrucciones sobre como examinar y remitir a las personas detenidas por ICE en violación potencial del acuerdo final de conciliación en el caso Castañon Nava et al. v. Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. et al., No. 18-cv-3757 (N.D. Ill.). La demanda Castañon Nava impugnó la práctica del ICE de realizar detenciones sin orden y paradas de vehículos.  Bajo el acuerdo de conciliación, el ICE ha emitido una nueva política a nivel nacional que establece los requisitos para realizar detenciones sin orden y paradas de vehículos.  La política se adjunta como Apéndice A al acuerdo final de conciliación.

Si ICE arresta a un individuo sin una orden o durante una parada de vehículo en violación de la norma, el individuo puede ahora ser capaz de afrontar nuevos desafíos, incluyendo buscar la liberación de la detención. El Centro Nacional de Justicia Para Inmigrantes (NIJC, por sus siglas en ingles), consejo legal colectivo en el litigio, ayudará a individuos arrestados por ICE en violación del acuerdo en Illinois, Indiana, Wisconsin, Kentucky, Kansas y Missouri en la buscar la liberación, incluyendo por presentar una moción con el tribunal federal si es necesario.  Por favor, remita a todos los miembros del grupo a NIJC utilizando el formulario de remisión incluido a continuación.

Esta nota proporciona: (I) un resumen de los nuevos requisitos para realizar una detención sin orden o una parada de vehículo; (II) una explicación para impugnar las infracciones; y (III) el proceso para remitir a las personas a NIJC.

 

I. REQUISITOS PARA LAS DETENCIONES SIN ORDEN JUDICIAL Y LAS PARADAS DE VEHÍCULOS

La nueva política nacional pretende limitar los casos en los que el ICE puede realizar una detención sin orden judicial l leyes de inmigración, que exige que el ICE tenga una causa probable de que una persona "puede fugarse" antes que una orden de detención puede ser obtenida. Para hacer esta determinación, la norma requiere que el ICE considere factores específicos antes de hacer un arresto, incluyendo (a) la capacidad del oficial del ICE para determinar la identidad del individuo; (b) el conocimiento de fugas anteriores o evasiones de las autoridades de inmigración; (c) el intento de fuga; y (d) los lazos con la comunidad, como una familia, hogar o empleo. Véase Ap. A en 17.

Además, el ICE sólo puede detener un vehículo si tiene una sospecha razonable—basada en hechos específicos — de que una persona concreta que se encuentra en el interior del vehículo no tiene una situación legal.  Ver Ap. A en 19. El ICE no debe afirmar que el propósito de la parada es debido a cualquier violación vehicular o de tráfico. Id. en 18.

Según esta política, el ICE debe documentar los hechos y las circunstancias que rodean una detención sin orden o una parada de vehículo en la I-213 del individuo, incluyendo:

  1. el hecho de que la persona sin ciudadanía haya sido detenida sin una orden administrativa;
  2. el lugar de la detención (por ejemplo, el lugar de trabajo, la residencia, el vehículo o una zona pública);
  3. Si fue arrestado en un negocio, si el individuo es un empleado de esa empresa; o si es detenido en un lugar residencial, si es residente en ese lugar;
  4. los vínculos con la comunidad, si se conocen en el momento de la detención, incluyendo la familia, el hogar o el empleo;
  5. los hechos específicos y particularizados que apoyan la conclusión de que es probable que el individuo se escape antes de que se pueda obtener una orden judicial; y
  6. una declaración de cómo el agente del ICE se identificó como ICE y "declaró que la persona está bajo arresto y el motivo del mismo.”

Ver id. Con respecto a las paradas de vehículos, el ICE también debe documentar los hechos específicos que formaron la base de su sospecha razonable de que una persona en el vehículo no tenía estatus legal. Id. en 19.

Estos requisitos se aplican en todo el país. Para más detalles, véase la normativa completa que se adjunta como Apéndice A del acuerdo final.

 

II. RECURSOS PARA LAS DETENCIONES ILEGALES SIN ORDEN O LAS PARADAS DE VEHÍCULOS

Detenciones sin Órdenes Dentro el Área de Responsabilidad de Chicago: Oportunidades Posibles para Buscar Liberación

Aunque la política del ICE se aplica en todo el país, una persona es un "miembro de la clase" con derecho a recursos individuales si es detenida sin una orden dentro de la jurisdicción de la Área de Responsabilidad del Despacho del ICE en Chicago, que consiste de Illinois, Indiana, Wisconsin, Missouri, Kentucky y Kansas. Normalmente se trata de personas que fueron detenidas en la comunidad, en lugar de ser trasladadas desde la custodia penal.

Específicamente, si un miembro de la clase es arrestado en contra de los términos de la política, el individuo debe ser liberado de la custodia del ICE tan pronto como sea posible, sin pagar una fianza o estar sujeto a condiciones de liberación.

En caso de que se produzca una infracción, NIJC asistirá a los miembros de la clase en buscar liberación, incluyendo la presentación de una moción ante el tribunal federal si es necesario.

Además de estos recursos individuales, ICE esta requerido imponer medidas correctivas adecuadas al funcionario o funcionarios del ICE que hayan violado el acuerdo. En caso de infracción reiterada y grave, también se pueden aplicar otras medidas de reparación a través de los tribunales. Las infracciones son aplicables durante un periodo de tres años.

Remedios Adicionales Posibles a Nivel Nacional: Impugnaciones Posibles ante el Tribunal de Inmigración

Los individuos detenidos sin una orden o a raíz de una parada de vehículo—incluso si se encuentran fuera de la Área de Responsabilidad del Despacho del ICE en Chicago—también pueden buscar recursos adicionales en el tribunal de inmigración. Por ejemplo, los individuos pueden solicitar la supresión de las pruebas o la terminación de los procedimientos en caso de presuntas violaciones de la Cuarta Enmienda. Los individuos deben contratar a un abogado de inmigración para que les ayude a buscar recursos en el tribunal de inmigración.

 

III. PROCESO DE SELECCION Y REMISION DE INDIVIDUOS

La nueva política y los formularios de remisión se adjuntan a esta hoja de instrucciones y están disponibles en el sitio web de NIJC aquí: https://immigrantjustice.org/NavaSettlement. Como se ha descrito, la remisión debe incluir información suficiente para identificar y localizar al individuo, ponerse en contacto con un amigo o familiar, y explicar las circunstancias que rodean la detención del individuo.

Por favor, envíe el formulario completo por correo electrónico al Centro Nacional de Justicia para Inmigrantes (NIJC) a litigation@immigrantjustice.org, con el título "Detención sin orden" en el asunto. Por favor, envíe también por correo electrónico la I-213 del individuo y/o cualquier otra documentación de apoyo si está disponible.

Descargue esta guía y el formulario de remisión (archivo .docx):
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